Correo electrónico certificado
Constancia de envío, entrega y apertura. Ideal para notificaciones electrónicas (Ley 2213 de 2022).
Envía correos electrónicos certificados, mensajes de WhatsApp certificados y notificaciones físicas con constancia de fecha, hora, contenido y entrega. La guía de envíos certificados y la de notificaciones judiciales explican cuándo usar cada canal. Cumple la Ley 2213 de 2022 y la Ley 527 de 1999 con un certificado listo para el expediente.
Datos tomados de nuestra plataforma, actualizados cada hora.
2.107
notificaciones enviadas
Correo, WhatsApp y físico
1.602
notificaciones entregadas
Con constancia de entrega
2.034
certificados emitidos
PDF con evidencia y hash
108
ciudades con entregas físicas
Cobertura nacional
47
abogados y empresas
Confían en JurixMail
tanIA es la inteligencia artificial de JurixMail. Lee tu documento, identifica el tipo de notificación (art. 8 Ley 2213, citatorio art. 291 o aviso art. 292 del C.G.P.), extrae destinatario, juzgado y radicado, te guía hasta el pago y te entrega el certificado. Disponible aquí en la web y por WhatsApp, las 24 horas.
Cada envío queda respaldado por un certificado en PDF con trazabilidad completa. Precios para invitados, sin registro; los abogados y empresas pueden acceder a planes con tarifas preferenciales.
Constancia de envío, entrega y apertura. Ideal para notificaciones electrónicas (Ley 2213 de 2022).
Entrega inmediata con evidencia de enviado, entregado y leído. Documentos adjuntos en PDF.
Mensajero en la dirección del destinatario, con acta, fotografías y guía de entrega.
Pulsa “Enviar certificado”, adjunta el documento (PDF o imagen) y tanIA identifica el tipo de notificación y los datos del destinatario.
Correo electrónico, número de WhatsApp o dirección física. Puedes combinar canales para el mismo documento.
PSE, tarjeta de crédito, Nequi o Bancolombia. El envío se ejecuta automáticamente cuando el pago queda aprobado.
Recibes el certificado en PDF con los eventos de envío, entrega y apertura, listo para anexar al expediente.
Actuamos como tercero de confianza: registramos cada evento del mensaje de datos y lo consolidamos en un dossier de evidencia que cumple los criterios de confiabilidad, integridad y conservación exigidos por los artículos 10, 11 y 12 de la Ley 527 de 1999.
Siempre que necesites demostrar que una comunicación fue enviada, recibida y cuándo ocurrió.
Art. 8 Ley 2213 de 2022 y art. 291 CGP: notificación de la demanda y providencias por mensaje de datos con prueba del envío y acceso.
Constitución en mora (art. 1608 C.C.), requerimientos de pago y comunicaciones previas a procesos ejecutivos.
Preavisos, terminación del contrato y comunicaciones a arrendatarios y arrendadores conforme a la Ley 820 de 2003.
Peticiones ante entidades (Ley 1755 de 2015) y reclamación directa al productor o proveedor (art. 58 Ley 1480 de 2011).
Citaciones a descargos, terminación de contrato con expresión de la causal (art. 62 CST) y llamados de atención.
Convocatorias a asambleas (Ley 675 de 2001) y a juntas de socios o accionistas, con constancia de citación en término.
Publicación en medios de amplia circulación y registro para emplazamientos del art. 108 CGP y avisos del art. 292 CGP.
Notificación electrónica y por aviso conforme a los arts. 56, 67, 68 y 69 del CPACA (Ley 1437 de 2011).
Comunicaciones de autorización, reclamos y respuestas a titulares bajo la Ley 1581 de 2012.
Una misma plataforma para la práctica judicial, la gestión corporativa y las comunicaciones personales que requieren prueba.
Notificaciones judiciales, emplazamientos, radicaciones y publicaciones desde un panel con historial, plantillas y planes por volumen.
Acceder al panel →Cobranza, comunicaciones contractuales, laborales y de protección de datos con evidencia centralizada.
Hablar con un asesor →Convocatorias, actas y requerimientos a copropietarios con constancia de entrega.
Correo certificado →Envía un documento certificado sin crear cuenta: adjunta, paga y descarga tu certificado.
Enviar ahora →Reconoce los mensajes de datos como equivalentes funcionales del escrito y regula su admisibilidad y fuerza probatoria (arts. 5, 10, 11, 12, 20 y 21).
Leer más →Artículos 8, 10 y 11: notificación electrónica, emplazamiento en el registro nacional y oficios por mensaje de datos.
Leer más →Ley 1564 de 2012: notificación personal (arts. 290 y 291), por aviso (art. 292), emplazamiento (art. 108) y conducta concluyente (art. 301).
Leer más →La Corte Constitucional condicionó la notificación electrónica: el término de dos días corre desde el acuse de recibo o la constatación del acceso al mensaje.
Leer más →Adjunta el PDF y tanIA, nuestra asistente, lo identifica, cotiza y envía por correo, WhatsApp o físico. Pagas con Wompi y descargas el certificado. Sin registro.